Posible nulidad del IRPH en manos del Tribunal de Justicia Europea
El 4 de marzo empezó la vista oral sobre la posible falta de transparencia en la aplicació del IRPH. La decisión que vuelven los 15 Jueces de la Corte de Luxemburgo, el Próximo 24 de junio , será de vital importancia para la banca española. Asímismo la resoluÂción desatasco todos los pleitos que quedarón "congelados" sobre este índice y marcar una línea a seguir en la justicia española.
En esta vista, elevada por el juzgado número 38 de Barcelona en relación a un Juicio de un caso particular, se plante las tres Cuestiones que se juzgan y que el tribunal tendrá que dar respuesta en super falso:
• Si Hubo transparencia del banco Hacia el cliente en el Proceso de Contratación de una hipoteca referenciada al IRPH.
• Si se anula este índice de referencia.
• Si la devolución tendrán carácter retroactiva.
Semanas después, el abogado general hara público sobre conclusiones respecto a este caso. Finalmente, el tribunal europeo dictará la sentencia el 24 de junio de este año. En la mayoria de los casos, el criterio del abogado general suele anticipar la resoluÂción judicial, aúnque no siempre es así, como demuestró el caso de la cláusula suelo.
Si Finalmente el TUE falla a favor de los Afectados y obliga a la retroactividad de las devoluciones, la cifra podría ascender Hasta los 44.000 millones de euros, segun pronosticó Goldman Sachs en diciembre de 2018. No hay que olvidar que en España se estiman que hay entre 500.000 y 1.300.000 Afectados por este índice de referencia.
Por otro lado, recordemos que la Comisión Europea ya emitio un informe en septiembre de 2018 sobre la posible abusividad de este índice. En cualquier caso, la última palabra la tendrá la Corte de Luxemburgo.
Tras la sentencia del TJUE se espera que Haya un criterio más Unificado despés de varios dictados contradictorios de juzgados provinciales sobre si el Proceso de Contratación era abusivo o no.
El caso legado al Tribunal Supremo, que el 14 de diciembre de 2017 dicta que el índice en sí no era abusivo, ni tampoco pecaba de falta de transparencia. No obstante, entre los magistrados del Alto Tribunal Hubo dos votos particulares que justificaron sume abusividad Puede ser poco transparente.
Este Dictado no cerro esta polémica, más bien la acrecentó, Porque varios juzgados provinciales rebatieron la doctrina del Alto Tribunal en sobre fallos. Además, en Los últimos meses, Algunos tribunales como el de Tenerife y Las Palmas congelaron los pleitos a la espera de la sentencia europea así que esperamos con gran interés esta Sentencia que traera espero un poco de luz y doctrina al único índice que Aún está Vigente actualmente que es el IRPH Entidades y en el Referente a la devolución de las cantidades pendientes
En esta vista, elevada por el juzgado número 38 de Barcelona en relación a un Juicio de un caso particular, se plante las tres Cuestiones que se juzgan y que el tribunal tendrá que dar respuesta en super falso:
• Si Hubo transparencia del banco Hacia el cliente en el Proceso de Contratación de una hipoteca referenciada al IRPH.
• Si se anula este índice de referencia.
• Si la devolución tendrán carácter retroactiva.
Semanas después, el abogado general hara público sobre conclusiones respecto a este caso. Finalmente, el tribunal europeo dictará la sentencia el 24 de junio de este año. En la mayoria de los casos, el criterio del abogado general suele anticipar la resoluÂción judicial, aúnque no siempre es así, como demuestró el caso de la cláusula suelo.
Si Finalmente el TUE falla a favor de los Afectados y obliga a la retroactividad de las devoluciones, la cifra podría ascender Hasta los 44.000 millones de euros, segun pronosticó Goldman Sachs en diciembre de 2018. No hay que olvidar que en España se estiman que hay entre 500.000 y 1.300.000 Afectados por este índice de referencia.
Por otro lado, recordemos que la Comisión Europea ya emitio un informe en septiembre de 2018 sobre la posible abusividad de este índice. En cualquier caso, la última palabra la tendrá la Corte de Luxemburgo.
Tras la sentencia del TJUE se espera que Haya un criterio más Unificado despés de varios dictados contradictorios de juzgados provinciales sobre si el Proceso de Contratación era abusivo o no.
El caso legado al Tribunal Supremo, que el 14 de diciembre de 2017 dicta que el índice en sí no era abusivo, ni tampoco pecaba de falta de transparencia. No obstante, entre los magistrados del Alto Tribunal Hubo dos votos particulares que justificaron sume abusividad Puede ser poco transparente.
Este Dictado no cerro esta polémica, más bien la acrecentó, Porque varios juzgados provinciales rebatieron la doctrina del Alto Tribunal en sobre fallos. Además, en Los últimos meses, Algunos tribunales como el de Tenerife y Las Palmas congelaron los pleitos a la espera de la sentencia europea así que esperamos con gran interés esta Sentencia que traera espero un poco de luz y doctrina al único índice que Aún está Vigente actualmente que es el IRPH Entidades y en el Referente a la devolución de las cantidades pendientes