Sin lugar a dudas, el año 2016 va a ser el de los cambios en materia de protección de datos de carácter personal. El pasado 15 de diciembre de 2015 se aprobó el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos, lo que implica que la adecuación al mismo sea estrictamente necesaria para cualquier empresa que opera en el marco europeo.
Obviamente este es el principal pilar de los cambios que se van a suceder durante todo el año en curso. Aunque, si somos fieles a la realidad actual, podremos observar como la protección de datos personales adquiere una mayor importancia en diferentes ámbitos de actuación.

La LOPD en 2016: principales cambios

Uno de los aspectos más llamativos de cara a los cambios de la LOPD en 2016, tiene que ver con el papel del asesor en dicha materia. Para ello, tanto abogados como informáticos o ingenieros pueden convertirse en expertos que ofrezcan sus servicios de asesoramiento para evitar sanciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos.
Gracias al citado Reglamento Europeo, que ya ha entrado en vigor, los responsables de empresas que manejan datos personales van a necesitar estar perfectamente asesorados para adecuarse debidamente a la nueva directiva. En este sentido, la LOPD en 2016 alcanzará nuevos retos y metas.
Cabe destacar que, si hasta hace bien poco solamente los abogados podían convertirse de manera oficial enasesores para la LOPD, este nuevo reglamento liberaliza la profesión, incluyendo otros perfiles profesionalesen un ámbito novedoso. Esto hará que los asesores de las empresas en cuestiones de protección de datos se profesionalicen cada vez más, ofreciendo experiencias y soluciones cada vez más exhaustivas.
Por otra parte, el mercado digital marcará las tendencias de la LOPD en 2016. Europa ha establecido una estrategia en común para que el flujo de datos personales por Internet sea el más adecuado y la gestión de los mismos se ejecute de forma correcta.

La anulación del acuerdo Safe Harbor y su sustituto

Además, ha habido un hecho histórico que ha logrado modificar el panorama internacional respecto a la protección de datos de carácter personal. Se trata de la cancelación del acuerdo Safe Harbor que se aplicaba en Estados Unidos para la transferencia internacional de datos personales. El TJUE, en una sentencia del 6 de octubre de 2015, anuló definitivamente este régimen.
Este hecho hizo que muchas empresas quedaran totalmente bloqueadas al no encontrar una solución para el tratamiento de los datos internacionales. No obstante, desde el pasado 12 de julio de 2016 se puso en funcionamiento el nuevo acuerdo de transferencia de datos internacionales con Estados Unidos. Se trata del“Privacy Shield”, del que hablaremos detenidamente en otro artículo. No obstante, este nuevo marco ha posibilitado que se pueda volver a funcionar con normalidad.

Reglamento europeo de Protección de Datos

Como comentábamos, el principal cambio de la LOPD en 2016 es la necesaria adecuación de las empresas a este nuevo acuerdo que, también trataremos de forma individualizada en próximos artículos. Como datos importantes cabe destacar que el consentimiento del titular de los datos se convertirá en algo de extrema importancia. Además, se incluyen los “identificadores online” o “cookies” entre la denominación de datos personales.
En este sentido, la evolución tecnológica continuará marcando la LOPD en 2016. Además de la necesidad de proteger la intimidad de los usuarios de Internet, también debe garantizarse que estos puedan tener total libertad para disponer de sus datos de forma sencilla.
Uno de los restos más importantes se basa en evitar la proliferación de los paraísos digitales que comercializan con datos de carácter personal de los usuarios que navegan habitualmente por Internet.
Fuente, tecnolopd