Novedades fiscales 2015 para los arrendadores de locales Negocio 


Desde el 1 de enero de 2015 se producirán dos importantes novedades para los arrendadores de locales de negocio.
El 1 de enero de 2015 traerá dos novedades fiscales para los arrendadores de locales de negocio.
Frente a 2014, en que la retención de IRPF estaba en un 21%, se establece para 2015 una retención del 20%, que se transformará en el 19% para el ejercicio de 2016, por lo que en las facturas de alquiler que se emitan debe de cambiarse la cuantía por este concepto.

Aunque el IVA continúa aplicándose al 21%, la novedad relativa a este impuesto está en relación al modelo 390 (declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido), de cuya presentación estarán exonerados los arrendadores de locales de negocio desde el 1 de enero de 2015. Esta exoneración quedará condicionada a que se cumplimente la información adicional que se requiera a estos efectos en el modelo de autoliquidación del Impuesto para identificar las actividades a las que se refiere la declaración y consignar el detalle del volumen total de operaciones realizadas en el ejercicio. La exoneración de presentar la Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido no procederá en el caso de que no exista obligación de presentar la autoliquidación correspondiente al último periodo de liquidación del ejercicio por haber declarado la baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores antes del inicio del mismo. (Esta novedad se establece en la Orden HAP/2373/2014, de 9 de diciembre).

Bolmas Assessors

Admin
Deja tus comentarios.

Copyright © 2022 BOLMAS ASSESSORS (Bellpuig-Lleida).